El Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió dejar sin efecto la resolución 16819 del 9 de noviembre del 2018 que declaró a los reincidentes con la suspensión de las licencias de tránsito. Más de 30 mil conductores habían sido afectados por la medida.
La normativa citaba:
“En caso de reincidencia se suspenderá la licencia de conducción por un término de seis meses, en caso de una nueva reincidencia se doblará la sanción. Parágrafo. Se considera reincidencia el haber cometido más de una falta a las normas de tránsito en un periodo de seis meses”.
El Tribunal señaló que debe inaplicarse el artículo 124 del Código Nacional de Tránsito porque no tiene la regla de Proporcionalidad.
Los conductores con más de una infracción en menos de seis meses podrán acudir a la acción de tutela correspondiente para evitar que les sea suspendida su licencia.
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