La revisión técnicomecánica (RTM) se menciona en el Código Nacional de Tránsito, específicamente en el capítulo II, artículos 50 y 51.
La llamada “tecnomecánica” o “técnicomecánica” está orientada a garantizar el estado adecuado de todos los componentes del automotor, sea de servicio público o privado.
Igualmente, el artículo 53 señala que las revisiones se realizarán en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) certificados y solo se deberá presentar la licencia de tránsito y el SOAT vigente.
Sobre las sanciones, se indica que “quien no porte el certificado incurrirá en las sanciones previstas en este código.”
El no tener la revisión técnicomecánica y de gases al día, constituye una infracción C35:
No realizar la revisión tecnicomecánica y de emisiones contaminantes en los siguientes plazos, o cuando aún portando los certificados correspondientes no cuenta con las siguientes condiciones tecnicomecánicas y de emisiones contaminantes, además el vehículo será inmovilizado.
El valor de la multa para 2024 es de 15 SMDLV, lo que equivale a $650.000. Si se realiza el curso pedagógico y se paga dentro del 1° y 5° día hábil puede quedar en $325.000 y entre el 6° y 20° día hábil se pagaría el 75%, equivalente a $326.350.
Como comentamos anteriormente, un comparendo por no tener la revisión técnicomecánica al día corresponde a una sanción C35. Puedes consultar tus comparendos y multas en el sitio web de la Secretaría de Movilidad local o autoridad de tránsito que corresponda.
También en el sitio web del SIMIT, con su número de cédula.
Para pagar su multa, puede hacerlo de manera presencial, en las sedes de Movilidad de su ciudad u organismo de tránsito. Recuerde llevar su documento de identidad y orden de comparendo.
Igualmente, desde cualquier parte de Colombia, puede pagar por PSE accediendo desde la plataforma de pagos del SIMIT.
Vale acotar que el curso también es válido hacerlo desde cualquier parte del país.
Si le llevaron su vehículo a patios por no tener la RTM vigente, usted deberá ir al CDA elegido para el servicio y facturar la revisión.
Luego, regresar al patio, pagar los valores de patio y grúas correspondientes y trasladar el automotor en grúa hasta el CDA para que se lleve a cabo el procedimiento. El vehículo no se puede conducir hasta que no tenga RTM vigente.
Revisa la situación legal de cualquier vehículo con el informe Autofact
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