Comparendo por llevar a un menor en el asiento delantero

¿Puedo llevar niños en el asiento delantero? ¿Cuál es la multa por no obedecer la normativa? Te lo explicamos en el siguiente artículo.

¿Se puede llevar a un menor en el asiento delantero del carro?

Es común que los niños quieran ir en el asiento delantero, ya que esto los hace sentir como adultos. Sin embargo, ten presente que esta cuestión está reglamentada en el Código Nacional de Tránsito Terrestre y que no cumplirlo da lugar a multas.

Llevar a niños pequeños en el asiento del copiloto representa un gran peligro para los mismos porque, en caso de accidentes, pueden llegar a sufrir severos daños, como salir disparados hacia el parabrisas o ahogarse con la apertura del airbag.

De hecho, en el caso de los menores de dos años, la normativa dicta que deben viajar en el asiento trasero, sobre un asiento de seguridad ajustable. En internet se encuentra una gran oferta de asientos para niños de diferentes edades y con variedad de precios.

Otra buena idea es colocar seguros para vidrios y para puertas, de manera que los niños estén lo más seguros posible y el conductor pueda concentrarse en llegar sanos y salvos a su destino.

¿Quiénes pueden ir en asiento delantero?

Los menores de edad que sean mayores de 10 años pueden ir en el asiento delantero sin ningún problema a nivel legal, siempre y cuando lleven puesto el cinturón de seguridad.

Si te sorprenden conduciendo con un niño más pequeño en el asiento del copiloto, la autoridad te pondrá una multa.

Tampoco se debe llevar el menor en brazos, compartiendo cinturón ni, mucho menos, sentado sobre el asiento del conductor

¿Cuál es la sanción por no cumplir la normativa?

En el Código Nacional de Tránsito Terrestre, este comparendo corresponde al B22, que tiene una multa de 8 SMLDV, es decir, de $346.666 en 2024.

La sanción recae sobre el conductor del vehículo y no incluye inmovilización.

¿Cómo pagar esta infracción?

Si te han sorprendido llevando un menor de 10 años en el asiento delantero, deberás acercarte con la orden de comparendo a cualquier oficina de la Secretaría de Tránsito u oficina de tránsito de tu localidad y cancelar la multa.

Si, por otro lado, prefieres hacerlo desde tu casa, o ya no te encuentras en la ciudad en la que te impusieron el comparendo, puedes ingresar en el sitio web de SIMIT y pagar por PSE.

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