Cuando conduces un automóvil, existe una serie de normas explícitas o implícitas que regulan la convivencia vial en las calles de Colombia y que son las encargadas de resguardar la vida e integridad física de todos los usuarios de la vía pública, y esto incluye tanto a peatones, automovilistas, ciclistas y cualquiera que transite por ella.
En este sentido, los conductores deben regirse por lo que establece el Código Nacional de Tránsito Terrestre en esta materia, que incorpora una serie de normas que resguardan el tránsito de automóviles por las calles y el buen comportamiento de los conductores en la ruta.
Así, uno de los aspectos más importantes que se encuentran regulados por Ley es el uso de los espacios compartidos en las calles, así como las sanciones a las que se enfrentan los automovilistas que no respeten estas convenciones.
En cualquier ciudad, es posible distinguir al menos dos grupos de áreas según el tipo de usuario al que están destinadas: las calles y espacios peatonales, y las calles de uso compartido o mixto. Cada una de estas está conformada por distintas franjas, entre las que cabe destacar:
De esta forma, la Ley de Tránsito establece que el tráfico vehicular solo está permitido en los carriles de las calles de uso compartido, dejando fuera de la pista cualquier otro espacio.
Esto quiere decir que, si conduces sobre las bermas, las aceras o las ciclorrutas, estás cometiendo una infracción porque estás invadiendo el espacio destinado a la circulación de otros usuarios. Lo mismo se aplica para plazas, separadores, parques y paseos peatonales.
La infracción que describe este esta falta en la conducción es conocida como el comparendo D05, que prohíbe “Conducir sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, zonas verdes”.
De esta forma, si eres sorprendido por la autoridad del Tránsito, conduciendo sobre alguna de estas zonas prohibidas, te arriesgas a una multa de 30 SMLDV, que corresponden a $1.300.000, según los valores que aplican a la vigencia 2024.
Pero eso no es todo, la norma establece que tu vehículo será inmovilizado por el tiempo que establezca la autoridad y tendrás que cubrir los costos del parqueadero y la grúa que se utiliza en ese tipo de procedimientos.
Si estás cotizando un carro de segunda, no te olvides de informarte bien sobre los antecedentes del vehículo, especialmente si existen comparendos no pagados registrados con la placa del vehículo, porque podrías estar comprando problemas extra que el o los propietarios anteriores no han resuelto.
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